Investigamos
La Defensoría Universitaria investiga, ya sea de oficio o a instancia de parte, las reclamaciones o quejas que se les haga llegar por cualquier miembro de la comunidad universitaria.
Las quejas deberán formularse por escrito, indicando los datos personales, domicilio o correo electrónico a efecto de notificaciones, los hechos que originan la petición y qué actuación requieren de la Defensoría para la petición que formula. Los datos se tratarán confidencialmente excepto cuando resulte imprescindible indicarlos para su trámite por ser un derecho individual el lesionado.
Admitida la queja, se promoverá la oportuna investigación para el esclarecimiento de los hechos. Para ello se dará cuenta del contenido sustancial de la solicitud recibida al órgano o instancia administrativa procedente, para que en el plazo máximo de treinta días remita informe escrito sobre los hechos.
Una vez concluida esta actuación se notificará la resolución de la misma a los interesados, así como al órgano universitario afectado, con las recomendaciones, propuestas de actuación o cambios de la normativa, si procediera.
Si una vez iniciada una actuación se interpusiese por la persona interesada demanda o recurso en vía administrativa o ante los Tribunales de Justicia, la Defensoría suspenderá su actuación.
Si se rechazara una queja, se hará en escrito motivado con comunicación al interesado, informándole, si ha lugar, sobre las vías más oportunas para ejercitar su pretensión.
¿Qué asuntos no puede investigar?
El Reglamento General de funcionamiento establece que no tramitará:
- Las denuncias anónimas.
- Las peticiones formuladas por quien carezca de interés legítimo.
- Las peticiones cuya tramitación pueda causar un perjuicio a los derechos legítimos de terceras personas.
- Las peticiones que no estén suficientemente fundamentadas.
- Las peticiones presentadas una vez transcurridos seis meses, contados a partir del momento en que el interesado hubiera tenido conocimiento de los hechos objeto de esta.
- Los asuntos sobre los que esté pendiente una resolución judicial o administrativa.
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